“Sueldos y Salarios” vs. “Asimilados a salarios”
Como sabemos, este es un tema controversial en empresas con sus colaboradores; especialmente cuando la persona física va a presentar la declaración anual y percibe un pago que se “asimila” a salario.
En primer lugar, entendamos la diferencia de sueldos y salarios. ¿Son conceptos diferentes? Sí, en efecto, aunque suelen utilizarse como sinónimos, en realidad se definen un tanto diferente.
Te lo explicamos:
Básicamente, un sueldo es estrictamente económico, es decir, la cantidad de dinero que un empleado recibe regularmente por su trabajo. En cambio, el salario se refiere a una compensación recurrente que abarca cualquier tipo de contraprestación que perciba un empleado como beneficios laborales o el interés de la empresa por su bienestar. Podríamos decir, que son prestaciones intangibles, por ejemplo, el salario emocional.
En este sentido, cuando un empleado es contratado por el régimen de sueldos y salarios tienen las siguientes características:
- Horario establecido
- Subordinación
- Derecho a prestaciones de ley (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional)
- Derecho a subsidio al empleo, en el supuesto que un empleado gana menos de una cierta cantidad.
- Derecho a seguridad social por parte de la empresa
- Pagan ISR e IMSS/Infonavit, el empleado también aporta a la seguridad social.
Si gustas tener la base legal sobre qué se considera un ingreso por sueldo y salario, consulta el Artículo 94 de LISR. También con base en este artículo menciona los casos que podría un empleado asimilar sus ingresos a sueldos y salarios los cuales son:
- Honorarios por Servicios Profesionales Independientes.
- Ingresos por las actividades empresariales que realicen.
Por lo tanto, cuando una persona es contratada por ingresos asimilados a sueldos y salario deben de tener las siguientes características:
- No tener un horario establecido
- No existe una subordinación
- No tienen derecho a prestaciones sociales
- No tienen derecho a prestaciones mínimas de ley.
- No tienen derecho al subsidio al empleo
- Pagan solamente ISR.
Recuerda tener muy claro cada régimen por el bienestar de la empresa y del empleado. Por parte de la empresa es importante que evalúe y analice qué es lo mejor para su equipo y sus finanzas.
Lo mismo para ti si eres un colaborador, es mejor que puedas ubicar claramente cómo percibes tus ingresos para que tanto el empleador como tú puedan cumplir en tiempo y forma los derechos y obligaciones fiscales.
En Lira, puedes usar cualquiera de estos regímenes para calcular y timbrar la nómina de tus empleados dados de alta en la plataforma, así es más fácil tener control y trazabilidad de las obligaciones que tienes que cumplir ante las autoridades fiscales y sociales.
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